La Audiencia revoca la condena por un atraco con rehenes en un banco de Murcia

La Audiencia revoca la condena por un atraco con rehenes en un banco de Murcia

La Audiencia ha revocado la condena que el juzgado de lo Penal número 1 de Murcia impuso a los tres atracadores que, en octubre de 2021, sembraron el pánico en una oficina bancaria ubicada en la avenida Juan Carlos I de Murcia. El magistrado Julio Guerrero había impuesto cinco años de cárcel a cada uno de los tres procesados por este asalto con rehenes, del que obtuvieron un botín de hasta 344.335 euros, pero la Sección Segunda ha decidido tumbar esa sentencia en aras a la «evidente falta de imparcialidad» del magistrado que, considera el tribunal, adoptó en el transcurso de la vista una «postura claramente inquisitiva» que vulneró el derecho de los acusados a un proceso con todas las garantías.

La Audiencia ordena volver a repetir el juicio con un magistrado distinto, una vista para la que, de momento, no hay fecha prevista. Este veterano magistrado de lo Penal emitió el pasado noviembre una sentencia en la que condenaba a un lustro de cárcel a los tres acusados, uno de ellos con una orden europea de detención por delitos de secuestro, detención ilegal y toma de rehenes. Consideraba probado que el 19 de octubre de 2021, parapetados tras gorras, gafas de sol y mascarillas y portando armas en la cintura, se adentraron en la sucursal que Santander tiene en la citada avenida. Según se relataba en la sentencia, recluyeron a cuatro clientes y cinco empleados en una sala, atándoles las manos a la espalda con bridas, mientras el director activaba la apertura de la caja fuerte y ellos introducían fajos de billetes en maletines. Antes de irse, lanzaron una advertencia: «Tenéis dos opciones: o cierro la puerta con llave y os quedáis encerrados o esperáis media hora para salir o si no os disparará una persona que se encuentra en la puerta».

La resolución, fruto de la compleja investigación que llevó a cabo la Policía Nacional durante meses, reflejaba que, en el registro del chalé de La Zenia (Orihuela) donde se alojaban los acusados, se hallaron 49.100 euros procedentes del robo; unas gafas de sol bastante llamativas que habían sido captadas por las cámaras de seguridad del banco, además de otros muchos objetos.

La Sala entiende que el juez adoptó una «postura claramente inquisitiva» en el interrogatorio de dos testigos

El abogado de la defensa presentó un recurso contra esta sentencia alegando, entre otras cuestiones, la falta de imparcialidad del juez, concretamente en la toma de declaración a dos testigos en una vista que se prolongó durante tres días.

Un recurso al que la Fiscalía se opuso, pero que la Audiencia ha acabado estimando en una resolución que transcribe, incluso, algunas de las intervenciones del juez durante la vista. La Sala alude, por ejemplo, a una parte del juicio en la que el abogado de la defensa interrogaba a un agente de la Policía Nacional sobre si se había estudiado la geolocalización de los móviles en el día del atraco. El abogado le preguntó directamente si el hecho de que no constase ese tema en actuaciones, suponía que no había salido positivo y el testigo respondía que, efectivamente, si no estaba en las actuaciones, entendía que no había dado un resultado positivo.

Guerrero había impuesto cinco años de cárcel a cada uno de los tres procesados por este violento asalto

El juez, no obstante, optó por intervenir y advirtió al agente de que había «caído en la trampa» del abogado, «que es muy listo», y que otra explicación podría ser que no se hubiese indagado en ese tema. La Audiencia remarca, en este sentido, que «se pudiera tolerar hasta algún comentario desafortunado», pero «lo que no es admisible» es que el juez «muestra abiertamente su disconformidad con la respuesta dada por el testigo y lo diga abiertamente, le indique lo que ha de responder y le plantee una hipótesis». A su entender, el magistrado «adoptó una postura favorable claramente a la tesis acusatoria», anulando la sentencia.

El principal acusado queda en manos de la justicia italiana


Julio Guerrero

La decisión de la Audiencia de revocar la sentencia del juzgado de lo Penal número 1 de Murcia no solo anulaba la condena a los tres supuestos atracadores. El paso adoptado por el tribunal también dejaba sin efecto la prórroga de la prisión provisional del principal acusado –que ya había cumplido dos años entre rejas–, por lo que la Sección Segunda instaba al magistrado Julio Guerrero a «dar inmediata cobertura» a la situación de este acusado. Sobre este procesado constaba una orden europea de detención y entrega a las autoridades de Italia para cumplir una pena de hasta quince años y medio de cárcel por delitos de secuestro, detención ilegal, toma de rehenes y robo organizado con violencia, por lo que, antes de que la decisión de la Audiencia se tornase firme, el magistrado puso la situación en conocimiento de la Audiencia Nacional. Según explicaron fuentes cercanas al caso, el sospechoso quedó a disposición del magistrado Santiago Pedraz, que ordenó su ingreso en prisión. El italiano queda ahora en manos de la justicia de su país.

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