
Reducir los accidentes de tráfico es uno de los grandes retos de la sociedad actual. En 2025 se contabilizaron 1.028 siniestros mortales, … en los que fallecieron 1.119 personas. En el mismo periodo, casi 5.000 personas sufrieron heridas que requirieron hospitalización, según los datos de la DGT. Aunque cada año se reducen estas cifras, lo cierto es que se trata de un gran número de víctimas, de las cuales los motoristas son uno de los colectivos más perjudicados por estos accidentes.
Precisamente un motorista ha conseguido una indemnización de 150.000 euros tras un largo proceso judicial, por un accidente ocurrido en 2016, según recoge una sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona a la que ha tenido acceso LA VERDAD.
Un accidente hace diez años
El afectado era conductor de una motocicleta, y sufrió un accidente fruto de la colisión con un turismo. El hombre tuvo que someterse a varias operaciones quirúrgicas y tratamientos para superar las secuelas del accidente. Sin embargo, tres años después del mismo (en 2019), el Instituto Nacional de la Seguridad Social le concedió la incapacidad permanente total debido a dichas secuelas, después de esperar por si se producía una mejoría.
Debido a esto, el hombre decidió demandar a la aseguradora del coche que ocasionó el accidente, solicitando una indemnización por los daños causados, una vez concluyeron sus tratamientos y quedó claro que no podría mejorar su condición. Sin embargo, la aseguradora se negó, aduciendo que la acción había prescrito. El plazo legal para presentar este tipo de demandas es de un año desde que sucede el hecho indemnizable, que en este caso la aseguradora fijó el 24 de septiembre de 2017, un año después del accidente. El juzgado de primera instancia le dio la razón a la aseguradora y desestimó la demanda.
La fecha del alta médica
Sin embargo, el motorista recurrió esta sentencia, y ahora la Audiencia Provincial de Barcelona le ha dado la razón. Argumenta que, dado que la última operación a la que se sometió el hombre se produjo en 2018, y no fue hasta abril de 2019 cuando el médico emitió un informe en el que «consideró que procedía valorar la situación funcional del lesionado, por la limitación que presentaba para la actividad laboral que realizaba anteriormente». Ese informe «podía considerarse equiparable al alta», y por tanto la fecha a contar para realizar la reclamación a la aseguradora. Esta se produjo el 30 de mayo de 2020, un año y 82 días después de esa fecha, pero como «los plazos de prescripción estuvieron interrumpidos en virtud de la pandemia de la covid-19», es una fecha correcta.
Por ello, la Audiencia analiza la cuestión y condena a la aseguradora a pagarle una indemnización de 207.827 euros más los intereses generados desde la fecha del accidente. Esta cantidad responde a las lesiones temporales, las intervenciones quirúrgicas, las secuelas sufridas, el daño moral por la pérdida de la calidad de vida, el lucro cesante (es decir, la pérdida de ganancia debido a la incapacidad total) y otra partida por gastos y daños, como intervenciones médicas no cubiertas, rehabilitación, taxis o ropa dañada.

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Enlace de origen : Recibe más de 200.000 euros de indemnización por un accidente de tráfico ocurrido hace 10 años