
Una jueza de Murcia ha anulado la sanción que el Ayuntamiento de Águilas impuso a un funcionario, que ocupaba el puesto de tesorero accidental, por … la emisión de un informe crítico con la firma de un contrato menor. En una sentencia reciente, a la que LA VERDAD ha tenido acceso, la titular de la plaza número 3 de la sección contencioso-administrativa del tribunal de instancia de Murcia avala la actuación del sancionado que, remarca, solo mostró sus reservas con ese contrato «en orden a extremar su diligencia en cumplimiento de sus funciones legales». En la resolución, que aún no es firme, la magistrada obliga al Consistorio a dejar sin efecto esa sanción y le impone el pago de las costas -300 euros más IVA-.
La resolución que impuso la sanción al funcionario y que está en el centro de este asunto tiene fecha de 11 de julio de 2024. Contra esa orden, que le imponía tres meses sin empleo y sueldo, el afectado presentó un recurso contencioso administrativo. En él exponía que la sanción se debía a un informe que había suscrito en diciembre de 2023 en el que manifestaba «dudas razonables» sobre la posible colisión de un contrato menor que se pretendía firmar en materia de asesoramiento jurídico y un contrato previo de asistencia jurídica integral, que recaía en una mercantil externa. El entonces tesorero planteaba en ese informe la posible existencia de una duplicidad contractual.
El recurrente sostuvo que la emisión de ese informe se realizó en el marco de sus deberes como tesorero municipal con la finalidad de salvaguardar la legalidad. El Consistorio, en su respuesta al recurso, alegó, sin embargo, que la sanción se impuso por abuso de autoridad en el ejercicio de su cargo y por grave desconsideración a compañeros. La Administración remarcó que la conducta de este funcionario supuso una extralimitación en sus funciones y que ese actuó de mala fe al desacreditar un informe previo emitido por el secretario municipal y al no tratar de la cuestión previamente con sus superiores.
«Autoprotección jurídica»
La magistrada no da por válidos los argumentos esgrimidos por el Ayuntamiento y subraya que cuando el tesorero advierte una posible ilegalidad debe emitir una advertencia escrita y motivada dejando constancia inequívoca de la duda de legalidad». Enfatiza que ello no supone «una fiscalización, sino autoprotección jurídica». En este sentido, la jueza descarta que existiera un abuso de autoridad en el ejercicio de su cargo.
La jueza considera que el sancionado solo mostró sus reservas con ese contrato «en orden a extremar su diligencia en cumplimiento de sus funciones legales»
Respecto al argumento de que el funcionario actuó de mala fe al no avisar a sus superiores de la emisión de ese informe, la magistrada hace hincapié en que resulta exigible dado que el documento formaba parte del expediente que podía ser consultado por los cargos del Ayuntamiento. Remarca, además, que, fruto de otros procedimientos judiciales, existía un «ambiente laboral enrarecido» que pudo justificar que no comentara el caso con sus compañeros.
A preguntas de LA VERDAD, el Ayuntamiento subrayó que la resolución no es firme y que ya la ha recurrido.

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