
La Justicia ha declarado ilegal el nombramiento de la unidad de caballería de la Policía Local de Murcia. Una sentencia reciente de la plaza número … 5 de la sección de lo Contencioso Administrativo del tribunal de instancia de la capital anula la constitución de este grupo de agentes en 2023 porque su selección «se produjo al margen del procedimiento legal establecido». La resolución concluye que los agentes fueron elegidos a dedo y que la gran mayoría de ellos no tenían formación ecuestre, recibiendo la titulación posteriormente a su nombramiento.
Esta sentencia, contra la que aún cabe recurso, estima la demanda interpuesta por representantes del Sindicato Independiente de Empleados Públicos (SIME), que cuestionaron el proceso para seleccionar a los integrantes de la unidad y el hecho de que las plazas no hubieran sido ofrecidas al resto de la plantilla. El Ayuntamiento, en respuesta a la demanda, alegó que el nombramiento de la unidad se encontraba perfectamente amparado por un acto administrativo válido y eficaz, concretamente el decreto firmado por el concejal de Seguridad Ciudadanas y Emergencias, Fulgencio Perona, para dar luz verde a este grupo.
Una argumentación que no logra convencer al magistrado, que insiste en que los nombramientos «carecen de la necesaria cobertura jurídica». En base a la Ley de Coordinación de Policías Locales, remarca el juez, se debió modificar la relación de puestos de trabajo (RPT) y no se hizo. «Resulta evidente que la actuación administrativa se ha desarrollado prescindiendo de tales exigencias, pues no consta modificación de la RPT ni convocatoria de méritos alguno».
La sentencia concluye que, de los cuatro agentes que conforman el grupo, únicamente el subinspector disponía de titulación ecuestre de forma previa a la creación de la unidad. Los otros tres agentes obtuvieron la titulación el 12 de agosto de 2023, esto es, con posterioridad a su designación. «Este daño añadido» añade el magistrado, «evidencia que la capacitación, cuya exigencia tampoco fue publicada con anterioridad, no fue criterio previo de selección, sino posterior.
El magistrado explica que los agentes participaron en una formación específica en Zaragoza habiendo sido ya elegidos entre todos los agentes de la Policía Local de Murcia para el cuerpo «y todo ello sin posibilidad de concurrencia de otros miembros de dicho cuerpo o unidad». Todo lo anterior, concluye el juez, «conduce a deducir que el subinspector y los agentes fueron elegidos sin procedimiento de selección alguno».
La sentencia ordena la nulidad de la adscripción provisional de los funcionarios a esa unidad y que el Ayuntamiento vuelva a realizar el nombramiento. El Consistorio aún puede recurrir esta decisión ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ).

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Enlace de origen : La Justicia tumba la unidad de caballería de la Policía Local de Murcia por ser elegida a dedo