Reciben 45.000 euros por no poder construir una piscina en el terreno que habían comprado

Reciben 45.000 euros por no poder construir una piscina en el terreno que habían comprado

Este tipo de inconvenientes también pueden ocurrir cuando en lugar de una casa, compras un terreno. Es el caso de los compradores de una finca en Torrelles de Llobregat, que recoge una sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona a la que ha tenido acceso LA VERDAD.

Construir una piscina

Una pareja compró una casa con terreno, perteneciente a una comunidad de propietarios. Comprobaron en el Registro de la Propiedad, y en la finca se podía construir una piscina, como el resto de vecinos, por lo que cerraron el contrato de compraventa por 238.000 euros. Sin embargo, una vez tomaron posesión del terreno, descubrieron que en él se ubicaba la fosa séptica comunitaria, lo que a su vez conllevaba una servidumbre de paso para acceder a ella para su mantenimiento.

Los compradores demandaron entonces a las personas que les habían vendido el terreno, ya que a pesar de que firmaron en el contrato que «la finca no tenía vicios ocultos», habían ocultado físicamente la existencia de esa fosa séptica. En la demanda, reclamaban una rebaja en el precio de 45.000 euros, es decir, un 20% del valor total de la casa.

Los vendedores aseguraron que sí que les habían informado sobre la fosa séptica, y el juzgado de instancia solo estimó parcialmente la demanda. En esta sentencia, se declaraba que «los compradores conocían «en el momento de la venta la existencia de la fosa séptica» y que los vendedores habían informado de esta y de la imposibilidad de construir la piscina, pero que «que la servidumbre constituye un vicio o defecto oculto».

Recurso a la Audiencia

Sin embargo, los compradores recurrieron esta resolución ante la Audiencia Provincial de Barcelona, quien finalmente les dio la razón. Consideró la Audiencia que «no se hizo constar referencia alguna a la fosa séptica y la servidumbre de paso en el contrato de arras ni en la escritura de compraventa», y quita valor a los testimonios que habían presentado los vendedores ya que había testigos con versiones contradictorias.

Además, confirman que la piscina no podía construirse, ya que a pesar de que el perito de los vendedores aseguraba que, aunque no podía hacer en el mismo lugar que el resto de casas, sí en el resto de terreno, la realidad es que no es seguro que «técnicamente la piscina pueda ser construida».

Por todo ello, estima la demanda y condena a los vendedores a devolverle 45.000 euros a los compradores, más los intereses legales.

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